El 'Objeto Social' es una mención obligatoria dentro del artículo de constitución de tus Estatutos Sociales. Describe las actividades permitidas a tu pyme. Redactarlo de un modo demasiado estéril o corto ("Venta de naranjas en Madrid") impedirá que tu empresa pueda legalmente ofrecer consultoría o vender ordenadores en un futuro sin volver a pagar por una modificación notarial pública.
¿Definición estricta o redacción amplia de CNAEs integrados?
Uno de los consejos cardinales en los despachos notariales españoles es el de construir un objeto social verdaderamente multidisciplinar o amplio. La Ley no prohíbe que en la redacción introduzcas docenas de clasificaciones diferentes para tu Sociedad Limitada.
Es muy habitual que cuando un emprendedor funda una agencia de Marketing Digital, su Gestoría añada por defecto CNAEs y definiciones relativas a "Creación de software, hosting y consultoría de telecomunicaciones", pero además mencione "Publicidad, promoción y representación inmobiliaria" si el dueño planea diversificar a futuro.
Sin embargo, el Reglamento del Registro Mercantil obliga mediante la Ley 14/2013 de Emprendedores a que se identifique e incluya el Código CNAE principal de manera muy explícita. Si el notario redacta el objeto pero se le olvida insertar tu código de cuatro cifras principal asociado, tu empresa será inscrita con "defectos subsanables" y no dispondrá de su Certificado NIF Definitivo desde Hacienda de manera ágil.
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Motivos comunes por los que el Registro Mercantil tumba tu escritura
Que el notario dé fe de algo no significa que el Registrador de la Propiedad y Mercantil lo valide. El Registrador leerá letra a letra tu Objeto Social y en Billeo PRO hemos visto miles de constituciones rechazadas. Estos son los errores que matan un trámite rápido:
- Ambigüedad extrema: Poner "Actividades lícitas mercantiles de compraventa" no es válido. La Dirección General de Registros (DGRN) tumba cualquier objeto que impida conocer el sector concreto o sea demasiado vaporoso genéricamente.
- Actividades sujetas a licencias especiales previas protegidas: Si en tu objeto mencionas "Actividades Médicas, Financieras de Valores, Agencias de Viajes o Empresas de Seguridad", la propia notaría saltará exigiendo garantías. Si incluyes una palabra protegida y no cuentas con la licencia de la CCAA o el título, te exigirán depurar el Estatuto y empezar el Registro Mercantil desde cero.
- Disociación con el CNAE adjunto principal: Especificar por texto "Reparación de talleres" pero meter un código general numérico CNAE de Farmacias. Provocará cruces de bases de datos negativos en las plataformas telemáticas fiscales forzando expedientes complementarios.
La prohibición legal sobre Sociedades Profesionales Exclusivas
Bajo la Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales (LSP) de España, si tú y tus amigos sois Abogados, Médicos, Arquitectos o Economistas colegiados, NO podéis fundar simplemente una "Sociedad Limitada ordinaria (S.L.)" blindando esos servicios liberales puros en vuestro objeto social.
Si la actividad requiere titulación oficial o colegiación, deberéis dar de alta una Sociedad Limitada Profesional (S.L.P.). El único salvoconducto para no incurrir en el registro como "Profesional" es redactar vuestro estatuto y añadir de forma explícita y visible un párrafo de salvaguarda que reza: "Se excluyen expresamente del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales o que deban ser realizadas al amparo de la Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales de España". De esta forma operáis como intermediarios de la comercialización, y no como los profesionales exclusivos y directos del servicio en la SL.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo registrar múltiples actividades económicas (CNAE) en mi misma SL?
Es la cláusula fundamental obligatoria en los estatutos de cualquier sociedad creada que describe detalladamente y de manera exacta a qué prevé dedicarse comercial y económicamente tu entidad empresarial.
¿Es problemático tener un objeto social demasiado general o ambiguo?
El Registrador Mercantil lo considerará un 'defecto subsanable' o 'insubsanable' e impedirá la primera inscripción de tu compañía, retrasando que puedas abrir una cuenta bancaria y emitir facturas legales reales.
¿Puedo tener múltiples actividades distintas no asociadas?
Sí, de hecho es lo más recomendado y común. Lo mejor es definir un objeto corporativo amplio añadiendo diversas clasificaciones en base por si decides pivotar el proyecto en meses posteriores o diversificar ingresos.
¿Qué diferencia clara hay entre Objeto Social y CNAE asignado?
El Objeto Social es la descripción literal y puramente textual ampliada. El CNAE es simplemente el código numérico alfanumérico estricto estandarizado impuesto por el INE Nacional que debes forzosamente anexionar adjunto al párrafo del objeto principal para catalogar la empresa en tu provincia a efectos de estadística de España.
¿Si mi empresa empieza a vender otra cosa, debo modificarlo de nuevo?
Solamente si la nueva venta no "cabe" o no está amparada remotamente por tu texto en estatutos vigente. De suceder, sí; te forzará ir obligatoriamente a pagar tasas al notario elaborando un acta presencial extraordinaria de nueva actividad.
