La Ley 18/2022 (Crea y Crece) establece la obligación de emitir factura electrónica en todas las relaciones entre empresas y autónomos (B2B). El objetivo es reducir la morosidad y mejorar la transparencia fiscal mediante el control de la fecha de cobro y pago.
| TIPO DE EMPRESA | Facturación Anual | Fecha Límite Obligatoriedad |
|---|---|---|
| Grandes Empresas | Más de 8.000.000 € | Aprox. Primavera 2025/2026 |
| Autónomos y PYMES | Menos de 8.000.000 € | 12-24 meses tras reglamento |
| Relación con Particulares | B2C | No obligatorio (de momento) |
| Subrogación Estatal | FACe / FACeB2B | Uso obligatorio para Sector Público |
Hasta ahora, mucha gente llamaba 'factura electrónica' a un simple archivo PDF enviado por correo electrónico. Sin embargo, para la nueva legislación, eso no es suficiente. La factura electrónica obligatoria debe ser un archivo de datos estructurado (como el formato XML-Facturae) que los sistemas informáticos de Hacienda y de tus clientes puedan 'leer' automáticamente sin intervención humana.
Este cambio busca eliminar los errores de picado manual y, sobre todo, combatir la morosidad comercial. Con la nueva ley, las empresas deberán informar a Hacienda de cuándo pagan realmente las facturas, permitiendo un control estricto de los plazos de pago legales.
¿Tengo que cambiar mi software?
Sí, si actualmente usas plantillas manuales, deberás migrar a una solución de facturación que esté homologada por el Gobierno. Estos softwares deben garantizar el envío automático a la solución pública de facturación o a plataformas de intercambio privadas garantizando la interconexión.
Además, tendrás la obligación de recibir facturas de tus proveedores en este mismo formato. Esto agilizará tu contabilidad de gastos, ya que tu software podrá registrar las facturas recibidas de forma automática, sin que tengas que subirlas tú.
Requisitos Técnicos de Veri*factu
Paralelamente a la factura electrónica, el reglamento 'Veri*factu' obliga a que el software de facturación genere un registro por cada factura que se envía inmediatamente a la Agencia Tributaria. Esto hace que sea prácticamente imposible manipular la contabilidad a posteriori o llevar una 'caja B', ya que cada factura nace con una firma digital vinculada a la anterior.
Los autónomos deberán asegurarse de que sus sistemas cumplen con la integridad, conservación, accesibilidad y legibilidad de los registros (Requisitos técnicos de la Orden HFP/1172/2022).
Cómo prepararse para la transición
- Certificado Digital: Es el pilar de la firma electrónica. Asegúrate de tenerlo vigente y a mano.
- Kit Digital: Puedes usar las ayudas del Gobierno para financiar el paso al software de factura electrónica.
- Proveedores: Empieza a pedir a tus proveedores que te envíen las facturas en formato electrónico para probar tus sistemas.
- Billeo: Nuestra plataforma ya está preparada para los conectores de la Ley Crea y Crece.
Tu Negocio, Listo para 2026
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Anexo Legal 2026: Cumplimiento de Normativa de Facturación
1. Integridad Contable
El emisor de facturas es responsable de garantizar la legibilidad y autenticidad del origen de los documentos durante el plazo legal de conservación (LGT Art. 29.2).
2. Adaptación Digital
A partir del desarrollo reglamentario de la Ley 18/2022, el uso de sistemas informáticos no homologados para la facturación podrá ser objeto de sanción grave por parte de la AEAT.
3. Validez de la Información
Este contenido refleja la normativa vigente a fecha de 2026. Billeo actualiza sus protocolos de cifrado y firma electrónica conforme a los requerimientos de la FNMT y la AEAT.
Preguntas Frecuentes (La Factura Electrónica ya no es opcional)
¿Qué pasa si mi cliente es un particular?
La obligatoriedad de la factura electrónica estructurada solo afecta a las relaciones B2B (entre empresas y autónomos). Para el consumidor final (B2C), sigues pudiendo emitir facturas en papel o PDF convencional.