La solicitud del régimen de impatriados se realiza mediante el Modelo 149 en la sede electrónica de la AEAT. El plazo máximo es de 6 meses desde el inicio de la actividad o inscripción en la Seguridad Social. La resolución favorable faculta al pagador para retener por IRNR (24%) en lugar de IRPF progresivo.
| TRÁMITE | Documento Necesario | Importancia |
|---|---|---|
| Comunicación AEAT | Modelo 149 Cumplimentado | Crítica (Inicia proceso) |
| Contrato Trabajo | Original firmado (Empresa Esp) | Prueba de desplazamiento |
| Certificado Seguridad Social | Alta en RETA o Rég. General | Fija la fecha de inicio |
| Comunicación a la Empresa | Certificado AEAT favorable | Habilita el descuento en nómina |
Muchas veces pensamos que la empresa extranjera que nos contrata se encarga de todo. Error. El Modelo 149 es un derecho personal y la responsabilidad de presentarlo es del contribuyente. En 2026, el proceso es 100% telemático, pero Hacienda está escrutando los contratos más que nunca para asegurarse de que el desplazamiento sea real y justificado.
Lo más delicado es la fecha de inicio. Los 6 meses empiezan a contar desde el día en que te das de alta en la Seguridad Social. Si te has mudado antes, asegúrate de que no has generado residencia fiscal previa que invalide tu derecho.
Documentación que no puede faltar
Necesitas el contrato original. Si teletrabajas para fuera (Visado ND), necesitas que la empresa extranjera emita una carta certificando que te autoriza a trabajar desde España. Esta carta es el 'tique de entrada' para que la AEAT acepte tu solicitud.
Ojo con los 3.000€. Hacienda pide pruebas de que no has residido en España antes. Si has tenido facturas de alquiler o cuentas bancarias españolas activas en los últimos 5 años, prepárate para justificar cada detalle.
Tramitación Modelo 149
Presentamos tu solicitud de Ley Beckham sin errores técnicos. No te arriesgues a perder miles de euros por un papel mal subido.
Anexo Legal 2026: Régimen de Declaraciones Informativas
1. Seguridad de Datos
Billeo cumple con la normativa RGPD para la gestión de datos patrimoniales internacionales de alta sensibilidad.
2. Responsabilidad de Declaración
La omisión o inexactitud en los modelos informativos (720, 721, 149) es responsabilidad única del contribuyente. Los plazos legales son improrrogables.
Preguntas Frecuentes (Solicitar la Ley Beckham: El Modelo 149 sin errores)
¿Qué pasa si mi empresa no me comunica nada?
Eres tú quien debe solicitar el régimen a Hacienda y luego entregarle el certificado a tu empresa para que actualicen tu retención al 24%.